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Desde el Área de Reclutamiento del Ministerio de Defensa en Burgos, consideramos de interés para su posible difusión entre los ciudadanos la Convocatoria de acceso a MILITAR DE CARRERA Y DE COMPLEMENTO DE LAS FUERZAS ARMADAS Y GUARDIA CIVIL del año 2026. BOE nº 96 del 20 de abril.
El total de 1279 plazas convocadas para ingreso directo en centros docentes militares de formación se reparten de la siguiente forma.
• Para el acceso a militar de carrera de las escalas de oficiales Fuerzas Armadas y Guardia Civil: 921 plazas.
- Cuerpos Generales e Infantería de Marina: 509
- Guardia Civil: 81
- Cuerpo Militar de Sanidad (Medicina sin titulación universitaria): 42
- Cuerpo Militar de Sanidad con titulación universitaria en:
- Medicina: 25
- Farmacia: 8
- Veterinaria: 5
- Odontología: 4
- Psicología: 5
- Enfermería: 45
- Cuerpo Jurídico Militar: 20
- Cuerpo de Intervención Militar: 20
- Cuerpo de Músicas Militares: 1
- Cuerpos de Ingenieros de los Ejércitos: 91
- Cuerpos de Intendencia de los Ejércitos: 65
• Para el acceso a militar de complemento de escalas de oficiales 48 plazas.
- Para acceder a militar de carrera de las escalas de suboficiales 310 plazas
- Cuerpos Generales e Infantería de Marina:
- Sin titulación 232
- Con titulación 78
- Cuerpo de Músicas Militares: 26
El plazo de presentación de solicitudes para participar en las diferentes convocatorias finaliza veinte (20) días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
www.reclutamiento.defensa.gob.
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En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 18.2 de la Ley de Expropiacion Forzosa, de 16 de Diciembre de 1954, se remite el anuncio para su exposicion en lo Tablones del Ayuntamiento, fisicos y nline si los tuviera.
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Anuncio de cobranza
Primero. – Por el presente se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados, que durante los días hábiles comprendidos entre el 8 de abril y 8 de junio de 2026, ambos inclusive, tendrá lugar la cobranza en período voluntario de los siguientes tributos:
Tasa de recogida de basuras.
La cobranza se realizará respecto de los ayuntamientos que tienen delegada o encomendada en esta Diputación la gestión recaudatoria de dichos tributos.
Segundo. – Como modalidad de pago, se establece el ingreso a través de entidades colaboradoras, pudiendo realizarse en cualquiera de las oficinas de Caixa Bank, BBVA, Ibercaja, Caja Viva y Banco Santander.
A este fin se enviará al contribuyente notificación individual e información para efectuar el ingreso. Asimismo, podrá realizarse el pago a través de Internet, de manera cómoda y segura, a través de la Oficina Virtual del Contribuyente (https://registro.diputaciondeburgos.es/sta). No se requiere D.N.I. electrónico ni certificado digital personal. Admite las siguientes tarjetas, Mastercard, Eurocard, Visa. Se les recomienda a los contribuyentes utilicen el sistema de domiciliación de pago en entidades financieras.
Los cargos en cuenta de los recibos domiciliados se realizarán el día 8 de Mayo de 2026. Las órdenes de domiciliación bancaria que se realicen a partir del inicio del periodo voluntario de pago tendrán efectos en el ejercicio siguiente.
Tercero. – De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se advierte a los obligados al pago que, transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los recargos ejecutivos y de apremio correspondientes, intereses de demora y las costas del procedimiento que se produzcan. Lo que se hace público para general conocimiento conforme a lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación.
Tortoles de Esgueva, a 26 de Marzo de 2026.
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Se hace saber a todos los vecinos de este municipio que, habiéndose detectado cierta falta de claridad o desconocimiento en relación con la obligación de solicitar licencia de obra, esta Alcaldía considera necesario recordar lo siguiente:
De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León y en las Normas Subsidiarias de Planeamiento de la Diputación de Burgos, de obligado cumplimiento en este municipio, es preceptiva la solicitud de licencia municipal para la realización de cualquier tipo de obra, reforma, instalación o actuación en cualquier inmueble, con independencia de su entidad o alcance.
Asimismo, se informa de que dicha licencia deberá solicitarse con carácter previo al inicio de las actuaciones, no pudiendo comenzarse ninguna obra sin contar con la correspondiente autorización municipal.
Se recomienda a los interesados que presenten sus solicitudes con la debida antelación, teniendo en cuenta que este Ayuntamiento dispone únicamente de un día al mes de servicio de Arquitecto municipal, lo que puede condicionar los plazos de tramitación.
Se recuerda igualmente que la concesión de la licencia conlleva el pago del impuesto municipal correspondiente, fijado en el 3% del presupuesto de ejecución material de la obra, y que la realización de obras sin la preceptiva licencia constituye una infracción urbanística, susceptible de las correspondientes sanciones.
Por último, desde esta Corporación Municipal se desea trasladar que se procura actuar con la máxima flexibilidad y sentido común, si bien el cumplimiento de la normativa debe aplicarse de forma igualitaria a todos los vecinos, en garantía del interés general y del respeto a la legalidad vigente.
Lo que se hace público para general conocimiento y cumplimiento.
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